CONVERLIM LA MANCHA S.L.
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Legislación sobre formación

 

La formación alimentaria en el contexto actual

Tras la derogación del Real Decreto 202/2000 sobre manipulación de alimentos, debe cumplirse lo establecido en el Reglamento (CE) 852/2004. Le comentamos los aspectos más importantes:

  • Es obligación del responsable de la empresa alimentaria: Garantizar la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral, la formación del personal encargado del autocontrol y en determinados sectores alimentarios.
  • En las inspecciones, se deberá acreditar que los manipuladores han sido correctamente formados en las labores encomendadas.
  • La formación debe ser contínua, renovándose siempre que sea necesario inculcar a los manipuladores prácticas correctas de higiene. El plan de formación debe quedar establecido como requisito del sistema de autocontrol.
  • La metodología, contenidos, duración y modalidad, debe establecerse en función de las actividades alimentarias de cada empresa y las necesidades de formación de su personal.
  • El personal docente deberá tener los conocimientos y experiencia adecuados.
  • El certificado tiene validez en todo el territorio nacional.

Nuestros técnicos, disponen de acreditada experiencia profesional y docente para desarrollar la formación de manera que su empresa alcance los mandatos de la legislación vigente, conozcan y apliquen correctamente en su puesto de trabajo las prácticas correctas de higiene.

Consulte las orientaciones sobre formación de manipuladores de alimentos publicada por el Ministerio de Sanidad y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.